Además de lo señalado en el artículo 66 de la presente Ley, el Poder Judicial del Estado y los Tribunales especiales que crea la Constitución Política del Estado de Querétaro, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
Fracción I. Los criterios y ejecutorias publicadas en el órgano de difusión oficial;
Formato_Criterios_y_ejecutorias_publicadas
Fracción II. Las versiones públicas de las sentencias que sean de interés público;
Formato_Sentencias_de_interés_público
Fracción III. Las versiones estenográficas de las sesiones públicas;
Formato_Versiones_Estenográficas
Fracción IV. La relacionada con los procesos por medio de los cuales fueron designados los jueces y magistrados; y
Formato_Designación_de_jueces_y_magistrados
Fracción V. La lista de acuerdos que diariamente se publiquen.
Formato_Lista_de_acuerdos
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